Cuando se produce un divorcio, es necesario realizar la liquidación del régimen económico.
Es lo que se conoce habitualmente como repartir los bienes, ya que a cada miembro de la pareja se le asignarán los bienes convenientes.
Este proceso puede incluirse en el Convenio Regulador, aunque también se puede hacer en un momento posterior, ya que la Ley no establece un plazo determinado para ello.
Hay que tener en cuenta que, para el reparto de bienes, el Código Civil de Catalunya tiene unas normas específicas. Estás serán de aplicación siempre que el matrimonio estuviera sujeto al derecho catalán. En caso contrario, se aplicarán las normas correspondientes al Código Civil estatal. No debe preocuparse si tiene alguna duda sobre el tema, ya que nuestros expertos estarán ahí para ayudarle a resolverla.
Existen varios tipos de regímenes económicos: gananciales, separación de bienes, régimen de participación en ganancias...En Catalunya, el régimen que resulta de aplicación preferente es el de la separación de bienes. Esto quiere decir que, si los cónyuges no han pactado nada específico, se les aplicarán las normas sobre separación de bienes.
Según nos indica el Código Civil catalán (artículo 232-1), ‘En el régimen de separación de bienes, cada cónyuge tiene la propiedad, el goce, la administración y la libre disposición de todos sus bienes, con los límites establecidos por la ley.’ Los cónyuges también tendrán derecho a poseer bienes propios: en este régimen, se considerarán propios de cada uno de los cónyuges todos los que tenía como tales cuando se celebró el matrimonio y los que adquiera después por cualquier título.
Además de la separación de bienes, como hemos mencionado, los cónyuges también pueden estar casados bajo otro régimen matrimonial. En Catalunya se cuenta además con cuestiones específicas que no existen en otras Comunidades Autónomas, como señalamos a continuación:
Como vemos, se trata de un tema de cierta complejidad y requiere de un profesional cualificado que tenga experiencia previa con la materia, ya que existen una pluralidad de regímenes y, además, especialidades propias de la Comunidad Autónoma.
Por todo lo dicho, resultará indispensable contar con un abogado de divorcios, el cual tendrá experiencia en la materia y podrá realizar la liquidación del régimen matrimonial según cómo estuvieran casados los cónyuges.
En nuestro Despacho de abogados de divorcio de Barcelona nos encargaremos de asistirle con la liquidación de los bienes, por lo que solo tiene que ponerse en contacto con nosotros para más información. Con este fin, tenemos a su disposición tanto un número de teléfono como un email y un formulario de contacto, de forma que pueda elegir el método que le sea más cómodo.